El Ayuntamiento de Collado Mediano ha informado sobre la nueva normativa que regula la tenencia de animales de compañía en espacios públicos y naturales, tras la derogación de las ordenanzas anteriores. La normativa se basa en la Ley 4/2016 de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid. Se establece que los dueños son responsables de los daños que sus mascotas puedan causar y se prohíbe que los animales depositen excrementos o orines en lugares públicos sin su correspondiente limpieza. Además, en áreas donde paste ganado, es obligatorio llevar a los animales con correa o arnés. El incumplimiento de estas normas puede resultar en sanciones. El Ayuntamiento hace un llamado al civismo y responsabilidad de los propietarios para asegurar una convivencia armoniosa con el entorno y otros vecinos.
El Ayuntamiento de Collado Mediano ha comunicado a sus ciudadanos que, tras la derogación de las ordenanzas municipales relacionadas con la Protección de los Animales de Compañía, Tenencia de Mascotas y Perros Potencialmente Peligrosos (PPP), se implementará la normativa vigente según la Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid.
De acuerdo con el artículo 6 de esta ley, que establece las obligaciones respecto a los animales de compañía, es importante recordar que:
La persona responsable de un animal también será responsable por los posibles daños, perjuicios o molestias que este pueda causar a personas, otros animales, bienes, vías y espacios públicos o al medio natural, salvo que se demuestre provocación o negligencia por parte de un tercero.
En aquellas zonas donde se permite el pastoreo extensivo, como es habitual en varias áreas del municipio, los animales deberán ser conducidos con correa o arnés, para prevenir molestias o lesiones al ganado.
Además, se debe evitar que los animales depositen excrementos u orines en lugares frecuentados por personas, tales como fachadas y entradas a viviendas o establecimientos. En cualquier caso, será obligatoria su retirada y limpieza, utilizando productos biodegradables.
Estas normativas serán especialmente exigibles en los caminos que rodean nuestras dehesas y vías pecuarias, donde la convivencia entre paseantes, fauna y ganado requiere un alto grado de respeto por parte de todos.
El incumplimiento de estas obligaciones puede resultar en la aplicación del régimen sancionador correspondiente, tal como lo estipula la legislación autonómica.
A través de este mensaje, el Ayuntamiento hace un llamado al civismo y la responsabilidad entre los propietarios de animales de compañía para asegurar una convivencia armoniosa con el entorno y el resto de vecinos.
Se aplicará la normativa vigente recogida en la Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid, tras la derogación de las ordenanzas municipales anteriores.
El responsable del animal será también responsable por los posibles daños, perjuicios o molestias que este pueda ocasionar a personas, otros animales, bienes y espacios públicos, salvo que exista provocación o negligencia por parte de un tercero.
Los animales deberán ser conducidos con correa o arnés para evitar causar molestias o lesiones al ganado en estas áreas.
Se debe evitar que los animales depositen excrementos u orines en lugares de paso habitual y es obligatoria su retirada y limpieza utilizando productos biodegradables.
El incumplimiento podrá conllevar la aplicación del régimen sancionador correspondiente según lo previsto en la legislación autonómica.
El Ayuntamiento apela al civismo y responsabilidad de los propietarios para garantizar una convivencia respetuosa con el entorno y con el resto de vecinos.