El Ayuntamiento de El Escorial ha presentado el calendario fiscal para 2026, destacando los beneficios de domiciliar pagos como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y la Tasa por la Prestación del Servicio de Gestión de Residuos (Basuras). La domiciliación ofrece ventajas como fraccionamientos en dos o cinco plazos y bonificaciones de hasta el 3%. Se recuerda a los vecinos los plazos de pago para evitar cargos por demora y se promueve este sistema por su sencillez y eficiencia. Los plazos incluyen impuestos y tasas que van desde marzo hasta noviembre, facilitando la gestión tributaria en la localidad.
El Ayuntamiento de El Escorial ha dado a conocer el calendario fiscal correspondiente al año 2026, con la finalidad de informar a la ciudadanía sobre sus responsabilidades tributarias y destacar las ventajas que ofrece la domiciliación de los pagos. Este año, los vecinos que opten por domiciliar el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y la Tasa por la Prestación del Servicio de Gestión de Residuos (Basuras) podrán beneficiarse de diversas facilidades, como el fraccionamiento de pagos y bonificaciones que alcanzan hasta el 3%.
La administración local subraya la importancia de cumplir con los plazos establecidos para evitar posibles recargos por demora. Además, se promueve la domiciliación como un método eficaz y práctico que simplifica la gestión de estos trámites para los ciudadanos.
La domiciliación del IBI y la Tasa por Basuras a través del Servicio Especial de Pagos (SEP) ofrece ventajas significativas. Los contribuyentes pueden optar por fraccionar sus pagos en dos plazos: el primero debe realizarse antes del 20 de julio y el segundo antes del 20 de octubre. Alternativamente, existe la opción de dividir el total en cinco plazos mensuales desde julio hasta noviembre, lo que también permite acceder a bonificaciones. En caso de elegir el fraccionamiento en dos plazos, se otorgará un descuento del 3%, mientras que si se selecciona el fraccionamiento en cinco plazos, la bonificación será del 2%.
Calendario fiscal:
Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica – De 1 de marzo al 30 de abril
Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana, rústica y características especiales – Del 1 de agosto al 30 de noviembre
Tasa por la Prestación del Servicio de Gestión de Residuos (Basuras) – Del 1 de agosto al 30 de noviembre
Tasa por la Entrada de Vehículos – Del 1 de agosto al 30 de noviembre
Tasa por Ocupación de Vía Pública (Mercadillo) – Primer trimestre: del 1 de marzo al 30 de abril; segundo trimestre: del 1 de junio al 31 de julio; tercer trimestre: del 1 de septiembre al 2 de noviembre; cuarto trimestre: del 1 de diciembre al 1 de febrero del 2027.
Impuesto sobre Actividades Económicas – Del 1 de septiembre al 30 de noviembre
Tasa por Ocupación de Terrenos de Uso Público con Mesas y Sillas (terrazas) – Primer plazo: del 1 de mayo al 30 de junio; segundo plazo: del 1 de septiembre al 2 de noviembre.
| Concepto | Cifras |
|---|---|
| Bonificación por domiciliación (2 plazos) | 3% |
| Bonificación por domiciliación (5 plazos) | 2% |
| Plazo para impuesto sobre vehículos | 1 de marzo al 30 de abril |
| Plazo para IBI | 1 de agosto al 30 de noviembre |
| Plazo para Basuras | 1 de agosto al 30 de noviembre |
| Plazo para tasa por entrada de vehículos | 1 de agosto al 30 de noviembre |
| Plazo para tasa por ocupación (mercadillo) - Trimestre 1 | 1 de marzo al 30 de abril |
| Plazo para tasa por ocupación (mercadillo) - Trimestre 2 | 1 de junio al 31 de julio |
| Plazo para tasa por ocupación (mercadillo) - Trimestre 3 | 1 de septiembre al 2 de noviembre |
| Plazo para tasa por ocupación (mercadillo) - Trimestre 4 | 1 de diciembre al 1 de febrero del 2027 |
| Plazo para impuesto sobre actividades económicas | 1 de septiembre al 30 de noviembre |
La domiciliación de IBI y Basuras ofrece ventajas como el fraccionamiento de pagos y bonificaciones de hasta el 3% para aquellos vecinos que opten por este método a través del Servicio Especial de Pagos (SEP).
Los plazos son los siguientes:
El pago se puede fraccionar en dos plazos (20 de julio y 20 de octubre) o en cinco plazos mensuales desde el 20 julio hasta el 20 noviembre. La bonificación es del 3% si se fracciona en dos plazos y del 2% si se hace en cinco plazos.