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Se inicia el periodo para solicitar el Cheque Bebé de 1.000 euros en Las Rozas

Redacción | Lunes 13 de octubre de 2025

El Ayuntamiento de Las Rozas ha abierto el plazo para solicitar el Cheque Bebé de 1.000 euros, destinado a los bebés nacidos o adoptados entre 2024 y 2025. Las solicitudes se pueden presentar de forma presencial o telemática hasta 20 días después del nacimiento, o hasta el 1 de noviembre para aquellos ya nacidos. Para acceder a esta ayuda, al menos uno de los progenitores debe estar empadronado en Las Rozas durante un año previo al nacimiento. Se requiere documentación específica como el DNI del solicitante y el Libro de Familia. La presentación de solicitudes se realiza en la concejalía de Familia y Servicios Sociales del Ayuntamiento.



El Ayuntamiento de Las Rozas ha abierto el plazo para solicitar el Cheque Bebé, una ayuda económica de 1.000 euros destinada a los bebés nacidos o adoptados durante los años 2024 y 2025. Las solicitudes pueden presentarse tanto de manera presencial como telemática, y se extenderán hasta veinte días después del nacimiento del menor, o hasta el 1 de noviembre para aquellos que ya han nacido.

Los interesados en acceder a esta ayuda deben tener en cuenta que la convocatoria está vigente desde el 13 de octubre. Para los casos donde el nacimiento o adopción se haya producido entre el 1 de enero de 2024 y la fecha mencionada, el plazo para presentar la solicitud finalizará el próximo 1 de noviembre. Por otro lado, quienes tengan un bebé nacido tras la publicación de la convocatoria contarán con un plazo de 20 días hábiles desde el momento del nacimiento o adopción.

Requisitos y condiciones

Pueden optar a esta ayuda tanto ciudadanos españoles como extranjeros con residencia legal en España, siempre que sean padres o tutores legales del recién nacido o adoptado. Es imprescindible que al menos uno de los progenitores esté empadronado en Las Rozas durante un año ininterrumpido antes del nacimiento del menor y hasta la fecha en que se registre la solicitud.

Además, es necesario que los neonatos o adoptados estén empadronados junto al solicitante en el momento de registrar la solicitud. No podrán beneficiarse aquellos progenitores que hayan sido privados total o parcialmente de la patria potestad, ni aquellos cuya tutela haya sido asumida por una institución pública.

Documentación necesaria

Las solicitudes deben incluir la documentación detallada en el Anexo I, que comprende: fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identificación de Extranjero (NIE) del solicitante (en caso de no autorizar), volante de empadronamiento (también solo si no se autoriza), así como el Libro de Familia o documento oficial acreditativo del nacimiento o adopción. También será necesario presentar un certificado bancario que verifique la titularidad de la cuenta bancaria.

En situaciones donde se trate de una adopción, se requiere una fotocopia cotejada de la resolución correspondiente.

Métodos para presentar las solicitudes

Las solicitudes deben dirigirse a la concejalía de Familia y Servicios Sociales. Los ciudadanos tienen la opción de presentarlas telemáticamente, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, o bien hacerlo presencialmente en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro ubicadas en diferentes puntos del municipio.

Para obtener más información sobre este proceso, los vecinos pueden contactar al teléfono 010 para Atención al Ciudadano o enviar un correo electrónico a ayudasnacimiento@lasrozas.es.

La noticia en cifras

Cifra Descripción
1.000 Monto del Cheque Bebé en euros
20 Días para presentar solicitudes después del nacimiento
1 Fecha límite para solicitudes de bebés ya nacidos (1 de noviembre)
2024-2025 Años en los que se aplica la ayuda para nacimientos o adopciones

Preguntas sobre la noticia

¿Cuál es el plazo para solicitar el Cheque Bebé?

Se podrán presentar las peticiones presencial y telemáticamente hasta veinte días después del nacimiento, o hasta el 1 de noviembre para los ya nacidos.

¿Quién puede acceder a esta ayuda?

Cualquier persona española o extranjera con residencia legal en España; madre/padre o tutor legal del recién nacido/adoptado puede acceder a esta ayuda.

¿Cuáles son los requisitos de empadronamiento?

Al menos uno de los progenitores o adoptantes deberá estar empadronado en Las Rozas de Madrid un año, de forma ininterrumpida anterior a la fecha de nacimiento del menor y hasta la fecha de solicitud de registro de la ayuda.

¿Qué documentación se necesita presentar?

Las solicitudes deben ir acompañadas de la fotocopia del DNI o NIE del solicitante, volante de empadronamiento, libro de familia o documento oficial acreditativo del nacimiento o adopción, y un certificado bancario que acredite la titularidad de la cuenta bancaria.

¿Cómo se pueden presentar las solicitudes?

Las solicitudes se pueden presentar telemáticamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Las Rozas o presencialmente en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro del Ayuntamiento.

¿Dónde puedo obtener más información?

Los vecinos pueden recurrir al teléfono 010 de Atención al Ciudadano o al correo electrónico: ayudasnacimiento@lasrozas.es.

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