La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha anunciado la aprobación del proyecto de Ley de Apoyo a la Empresa Familiar. Este nuevo marco legal, que será enviado a la Asamblea de Madrid para su tramitación, introduce beneficios fiscales en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. La ley busca facilitar el relevo generacional en los negocios familiares, aumentando la reducción de la base imponible del 95% al 99% en casos de herencia o donación. Además, amplía los beneficiarios a parientes como ascendientes y colaterales de segundo y tercer grado, así como a trabajadores con una relación especial con la empresa. Se espera que estas medidas beneficien anualmente a unos 1.500 contribuyentes madrileños y generen un ahorro fiscal aproximado de dos millones de euros. La ley podría ser aprobada definitivamente a mediados de año y entraría en vigor tras su publicación oficial.
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha hecho un anuncio significativo tras la reunión extraordinaria del Consejo de Gobierno, llevada a cabo en Morata de Tajuña. Se ha aprobado el proyecto de la Ley de Apoyo a la Empresa Familiar, que será enviado a la Asamblea de Madrid para su tramitación parlamentaria. Esta nueva legislación introduce beneficios fiscales en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, con el objetivo de facilitar el relevo generacional y asegurar la continuidad de los negocios familiares.
Entre las principales innovaciones de esta ley se destaca que, en casos de adquisición por herencia o donación de una empresa individual, un negocio profesional o participaciones sociales, se incrementa la reducción de la base imponible del 95% al 99%. Este beneficio se aplicará siempre que el nuevo propietario mantenga los activos en su patrimonio y continúe con la actividad económica durante un periodo mínimo de cinco años.
Además, la normativa expande considerablemente el número de parientes que pueden beneficiarse de estas mejoras respecto a lo establecido por la legislación estatal. Aparte de los descendientes y cónyuges, ahora también podrán ser beneficiarios ascendientes y colaterales hasta el tercer grado (hermanos, tíos y sobrinos), así como primos (colaterales de cuarto grado). También se incluye a trabajadores con una relación especial con la empresa que cuenten con diez años de antigüedad y hayan desempeñado funciones directivas durante los últimos cuatro años.
La nueva ley simplifica los requisitos para acceder a estos beneficios, eliminando exigencias como la edad mínima del donante (65 años) o que la actividad sea considerada como principal fuente de ingresos. Se estima que estas medidas impactarán positivamente en aproximadamente 1.500 contribuyentes madrileños, generando un ahorro fiscal cercano a dos millones de euros anuales.
Se prevé que esta Ley obtenga su aprobación final en el Parlamento regional hacia mediados del año, entrando en vigor el primer día del mes siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).
| Cifra | Descripción |
|---|---|
| 99% | Reducción de la base imponible en la herencia o donación de una empresa individual o participaciones sociales. |
| 5 años | Periodo durante el cual el nuevo titular debe mantener los bienes y continuar con la actividad económica. |
| 1.500 | Número estimado de contribuyentes madrileños que se beneficiarán anualmente. |
| 2 millones de euros | Ahorro fiscal aproximado generado anualmente por estas medidas. |
Es un proyecto de ley que establece beneficios fiscales en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, con el objetivo de facilitar el relevo generacional y garantizar la continuidad de los negocios familiares.
La ley eleva la reducción de la base imponible del 95% al 99% en casos de adquisición por herencia o donación de empresas individuales, siempre que el nuevo titular mantenga los bienes y continúe con la actividad económica durante cinco años.
Además de descendientes y cónyuges, se incorporan como beneficiarios a ascendientes, colaterales de segundo y tercer grado (hermanos, tíos, sobrinos) y primos. También se extiende a trabajadores con diez años de antigüedad que hayan ejercido funciones de dirección durante cuatro años.
Se eliminan exigencias como la edad mínima de 65 años del donante y la consideración de la actividad como principal fuente de renta.
Se estima que aproximadamente 1.500 contribuyentes madrileños se beneficiarán anualmente, generando un ahorro fiscal aproximado de dos millones de euros al año.
Se espera que la Ley reciba su aprobación final en el Parlamento regional a mediados del año y entre en vigor el primer día del mes siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).