El Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares ha emitido un comunicado en respuesta a las declaraciones del Grupo Socialista sobre una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. La sentencia, que no es firme, anula la modificación de la tasa de recogida de residuos para 2024-2025 debido a la vulneración del derecho a participar en asuntos públicos de una concejal. Se aclara que esta decisión solo afecta a la ordenanza aprobada en 2023 y no implica cambios en la tasa vigente desde enero de 2026. Además, se indica que las posibles devoluciones afectarían a un número limitado de contribuyentes y no representarían un impacto económico significativo para el municipio. El Ayuntamiento insta a los ciudadanos a no dejarse engañar por informaciones erróneas del Grupo Socialista.
El Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares ha emitido un comunicado en respuesta a las declaraciones del Grupo Socialista sobre la reciente sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, correspondiente al procedimiento ordinario 214/2024. En este contexto, se hace necesario aclarar los hechos a los ciudadanos.
En primer lugar, es importante destacar que la sentencia NO es firme. Actualmente, los servicios jurídicos municipales están evaluando si procede recurrirla.
La nulidad plena de la modificación de la tasa de recogida de residuos para el periodo 2024-2025 se basa exclusivamente en una supuesta vulneración del derecho fundamental a participar en asuntos públicos por parte de una concejal, relacionada con su asistencia al pleno extraordinario convocado el 29 de diciembre de 2023. Sin embargo, el tribunal no ha entrado a valorar la legalidad de dicha tasa.
Es relevante señalar que esta sentencia afecta únicamente a la ordenanza aprobada en 2023, vinculada a los ejercicios fiscales 2024-2025 y no a la tasa vigente que comenzó a aplicarse el 1 de enero de 2026.
Asimismo, se determina que los derechos de una concejal del Grupo Socialista fueron vulnerados al ser convocada con solo 11 minutos de antelación. No obstante, el Grupo Socialista omite mencionar que otros concejales del mismo grupo y de diferentes formaciones también recibieron la convocatoria con el mismo plazo y asistieron al pleno. Según lo estipulado en los artículos 46.2.b) de la LRBRL y 80 del ROF, no existe un plazo mínimo exigido para estas convocatorias.
En cuanto a las posibles devoluciones a los contribuyentes, el Grupo Socialista ha distorsionado la realidad al afirmar que la resolución judicial afectará a todos los ciudadanos. De hecho, solo impactaría potencialmente a 88 hoyenses, aquellos que presentaron recurso contra la aplicación de esta tasa.
Las eventuales devoluciones, si se consideran necesarias, no representarían un impacto económico significativo para las arcas municipales, ya que el monto total apenas asciende a 1.500 euros.
Dada esta situación, desde la Alcaldía se insta a los ciudadanos a no dejarse llevar por las afirmaciones engañosas del Grupo Socialista sobre un supuesto reparto masivo de modelos de reclamación. La realidad es que cualquier devolución no tendrá un alcance generalizado para todos los contribuyentes. Este conocimiento es evidente para el Grupo Socialista, quienes continúan propagando información errónea con el objetivo de dañar la reputación del actual equipo de gobierno y utilizar a los hoyenses como instrumentos en su estrategia política.
La sentencia NO es firme y actualmente se está valorando por los servicios jurídicos municipales la procedencia o no de recurrir a la misma.
La nulidad se motiva exclusivamente por una cuestión de vulneración del Derecho Fundamental a participar en asuntos públicos de una concejal, no entrando el Tribunal a valorar si la tasa es legal.
La sentencia solo afecta a la ordenanza aprobada en 2023, vinculada a los ejercicios de 2024-2025, y no a la tasa vigente que entró en vigor el 1 de enero de 2026.
Se considera que los derechos de una concejal del Grupo Socialista fueron vulnerados al haber sido convocada al pleno extraordinario con solo 11 minutos de antelación.
El contenido de la resolución judicial solo afectaría, en el escenario más amplio, a 88 hoyenses que formularon recurso contra la aplicación de la tasa, y las devoluciones no suponen un quebranto económico grave para las arcas municipales.
El Ayuntamiento insta a la ciudadanía a no dejarse engañar por informaciones maliciosas del Grupo Socialista sobre un posible alcance universal en las devoluciones, ya que esto no es cierto.