LUCES Y SOMBRAS
Los modificados de obra pública
El disputado y polémico voto de una concejala de Hoyo de Manzanares
miércoles 22 de octubre de 2014, 11:13h
La Comisión Europea (ya iba siendo hora) ha anunciado que desaprueba lo que se conoce en la jerga sectorial como el modificado de obra, un instrumento recogido en el artículo 202 de la Ley de Contratos del Estado que faculta al contratista para solicitar un incremento del presupuesto de adjudicación siempre que concurran “razones de interés público y para atender imprevistos”. El aumento, en términos generales, suele alcanzar el 20 por ciento del tipo de licitación, aunque esta cifra ha sido reiteradamente superada en los últimos años en obras tan polémicas como las de El Musel (puerto de Gijón), donde se plantea una modificación de la obra del 43 por ciento (216 millones más de euros); en Punta Langosteira (puerto de La Coruña), que precisa aumentar en 100 millones el presupuesto de adjudicación (27 por ciento); el caso de Palma Arena (Palma de Mallorca), una obra que se adjudicó por 47 millones y se elevó hasta casi 80 y que es, hasta el momento, la única que se encuentra en los tribunales. Y por no ir más lejos, ahí tenemos la obra del túnel-parking de Collado Villalba, que en su día fue adjudicada a la UTE formada por ‘Ortiz-Cover’ en 20 millones de euros y cuyo coste final se ha duplicado hasta llegar a los 40, una vez sumados a la cifra de adjudicación, 4 millones de euros en concepto de complementario, 12.980.000 de los modificados y unos picos finales correspondientes a facturas varias).
Para atajar esta situación, los ministerios de Fomento, Economía y Medio Ambiente están ultimando una nueva reforma de la Ley de Contratos del Estado que evitará en lo sucesivo estos sobrecostes con cargo al erario público y dificultará los casos de corrupción a través de los modificados de obra pública. Al respecto, el portavoz socialista de Fomento en el Congreso de los Diputados y ex secretario general del PSM, Rafael Simancas, ha dicho: “Es necesario introducir mucha mayor transparencia y rigor en la regulación de la contratación de la obra pública, evitando la proliferación de modificados”. Lástima que Simancas no le hubiese advertido de ello a su amigo y compañero, el alcalde villalbino José Pablo González, para que éste fuese más cuidadoso a la hora de adjudicar la obra del parking-túnel de esta localidad, cuyo precio de partida terminó duplicándose sin que existieran muchos fundamentos.
El disputado y polémico voto de una concejala de Hoyo de Manzanares
El Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares, por segunda vez consecutiva y dos años y medio después de la celebración de las últimas elecciones, se ha vuelto a quedar sin alcalde. Como recordarán nuestros lectores, el popular José Antonio Antolínez, tras coaligarse con la Agrupación Independiente, fue investido alcalde tras los comicios celebrados en mayo de 2007. Meses más tarde, es decir, el 29 de enero de 2008, los grupos políticos de PIPH, Izquierda Unida y PSOE presentaron una moción de censura al regidor popular que, teóricamente, tenían ganada al sumar siete de las 13 actas que tiene esta corporación. Sin embargo, cuando la edil de PIPH Carmen Martínez Torralba fue nombrada para votar dicha reprobación, su respuesta fue “no”, pronunciamiento que inmediatamente cambió por un “si”, pero ya era demasiado tarde. Dos meses más tarde, los grupos de la oposición que habían recurrido vía Contencioso Administrativo el supuesto error de la concejala deciden, así por las buenas, nombrar durante la sesión plenaria celebrada en marzo de 2008 a José Ramón Regueiras como nuevo alcalde. El acuerdo fue considerado ilegal.
Pues bien, lo que ya tenía todos los condimentos de una película de Berlanga, sólo estaba en sus inicios. Así, el 29 de enero de 2009, el Juzgado de lo Contencioso número 14 de Madrid estimó favorablemente el recurso interpuesto por los concejales socialistas de Hoyo de Manzanares contra la contabilización del voto emitido por Carmen Martínez Torralba durante la moción de censura celebrada el año anterior, al considerar que “este fue mal contabilizado”. Así, la sala declaraba que “el sentido de su voto fue a favor de la referida moción de censura”. Como consecuencia de ello, José Ramón Regueiras tomó posesión del cargo.
Pues bien, el pasado 28 de octubre de 2009, hace apenas un par de semanas, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha revocado la sentencia del Tribunal de lo Contencioso-Administrativo que otorgaba la Alcaldía a Regueiras. La sentencia establece que el voto emitido por la edil Martínez Torralba no fue un ‘lapsus linguae’, sino que su rectificación fue debida “a la interrupción del portavoz de su partido, como se aprecia en la audición de la cinta”.No seré yo quien se arriesgue a decir que con esta sentencia se pone el punto y final a este peculiar culebrón político, porque hasta es posible que los socialistas no se conformen y quieran recurrirla ante el Tribunal Supremo, aunque mucho me temo que los plazos no les van a ser favorables caso de que su recurso prosperase. Y es que el ‘no’ pero ‘sí’ de Carmen Martínez Torralba tiene mucha guasa y sobre todo peculiares y contradictorias interpretaciones.