El Ayuntamiento de Guadarrama ha dado inicio al periodo para solicitar permisos destinados a la recogida de piñas caídas y leñas muertas en el Monte Pinar nº 39 y sus Agregados. Esta actividad, que se extenderá hasta el 28 de febrero de 2026, está sujeta a ciertas restricciones, especialmente en días de caza, que incluyen los miércoles, domingos y festivos nacionales y autonómicos en la Comunidad de Madrid. El periodo cinegético se ha establecido desde el 8 de octubre de 2025 hasta el 31 de enero de 2026.
Los interesados deberán presentar su solicitud a través del Registro General del Ayuntamiento, ya sea de forma presencial o telemática, antes del 20 de febrero de 2026. Es necesario incluir información como nombre completo, DNI, dirección, correo electrónico y matrícula del vehículo que se usará para la recogida. Cabe destacar que esta actividad está destinada exclusivamente al autoconsumo; los vehículos autorizados solo podrán transitar por pistas forestales y no por el monte directamente.
Lugares de recogida
La recolección se limitará a piñas caídas y leñas muertas que se encuentren en el suelo, a una distancia máxima de 50 metros de las pistas forestales y sin superar los 1300 metros sobre el nivel del mar. No se permitirá varear pinos ni alterar la vegetación existente. Además, es fundamental conservar las zonas ribereñas manteniendo los arbustos y zarzales cercanos a cuerpos de agua para proteger la fauna local.
Esta práctica tradicional entre los vecinos de Guadarrama no solo proporciona leña para uso doméstico, sino que también contribuye a mantener el pinar libre de material combustible, lo que ayuda a prevenir incendios durante las estaciones más cálidas.
Obligaciones de la autorización
Las personas que obtengan la autorización deberán portar un resguardo que deberán mostrar a los agentes forestales si así lo requieren. La falta de este documento puede acarrear sanciones significativas. Tanto la solicitud como la autorización son gratuitas.
Es importante tener en cuenta lo estipulado en la Ley 2/1991, del 14 de febrero, sobre la protección y regulación de la fauna y flora silvestre en la Comunidad de Madrid. El incumplimiento de las condiciones establecidas o las instrucciones emitidas por técnicos competentes puede resultar en la anulación del permiso otorgado.
Pies secos o derribados
Asimismo, hasta el 28 de febrero de 2026 también se podrá solicitar el aprovechamiento de pies secos o derribados pertenecientes al pino resinero y pino silvestre.
Requisitos
Para realizar esta solicitud es necesario que los solicitantes estén empadronados en Guadarrama durante un mínimo de cinco años. Se permitirá únicamente una solicitud por unidad familiar, entendiendo esta como el grupo compuesto por personas empadronadas en un mismo domicilio.
Solicitud previa
Los interesados deben presentar su solicitud por escrito en el Registro General o mediante la Sede Electrónica del Ayuntamiento desde la publicación del bando hasta el 15 de febrero del 2026. En esta solicitud deberán incluir también la matrícula del vehículo utilizado para la recolección y un correo electrónico para notificarles sobre la autorización correspondiente.
Las autorizaciones serán concedidas exclusivamente para fines personales y no se permitirá vender la leña obtenida. Los árboles disponibles para su aprovechamiento estarán situados a no más de 50 metros de las pistas forestales y no excederán los 1300 metros sobre el nivel del mar.
Fianza
Antes del aprovechamiento, junto con la solicitud, deberá presentarse un justificante del ingreso correspondiente a una fianza de 20 euros por aprovechamiento maderable en el MUP Nº 39 para el año 2025-26. Este pago debe realizarse mediante transferencia bancaria al número: ES8100494943382010000024. Los solicitantes deben incluir su nombre completo junto con el concepto "Aprovechamiento de madera en Monte 39 2025-2026". La fianza será devuelta tras verificar que se ha completado adecuadamente la recolección y que se ha dejado limpia la zona utilizada.
La noticia en cifras
| Cifra |
Descripción |
| 31 de octubre de 2025 |
Fecha de apertura del periodo |
| 20 de febrero de 2026 |
Fecha límite para la solicitud |
| 28 de febrero de 2026 |
Fecha límite para aprovechamiento |
| 50 metros |
Distancia máxima para recoger piñas y leñas |
| 1300 metros |
Altitud máxima para recoger piñas y leñas |
| 20 euros |
Fianza por aprovechamiento |
Preguntas sobre la noticia
¿Cuál es el periodo para solicitar el permiso para la recogida de piñas y leñas?
El periodo para solicitar el permiso está abierto hasta el 20 de febrero de 2026.
¿Hasta cuándo se puede realizar la recogida de piñas y leñas?
La recogida podrá realizarse hasta el 28 de febrero de 2026, exceptuando los días de caza.
¿Qué requisitos debo cumplir para solicitar el permiso?
Los solicitantes deben estar empadronados en Guadarrama durante al menos 5 años y solo se admitirá una solicitud por unidad familiar.
¿Qué documentación necesito presentar para la solicitud?
Se debe presentar el nombre, apellidos, DNI, domicilio, correo electrónico y la matrícula del vehículo con el que se realizará la recogida.
¿Hay algún costo asociado a la solicitud?
No hay costos por la autorización o la solicitud, pero se requiere un ingreso de 20 euros como fianza que será devuelta tras comprobar que la zona ha quedado limpia.
¿Qué tipo de piñas y leñas se pueden recoger?
Se pueden recoger piñas caídas y leñas muertas depositadas en el suelo, a una distancia máxima de 50 metros de las pistas forestales.
¿Está permitido modificar la vegetación al recoger piñas y leñas?
No está permitido varear los pinos ni alterar la vegetación silvestre existente.
¿Qué sucede si no llevo mi resguardo al momento de la recogida?
No llevar el resguardo puede ocasionar importantes sanciones por parte de los agentes forestales.